cerrar esta libroAsistencia Internacional de Socorro Sanitario - Recomendaciones Aprobadas en la Reunión Sobre Asistencia Internacional de Socorro Sanitario en América Latina (Pan American Health Organization (PAHO) / Organización Panamericana de la Salud (OPS), 1986, 24 p.)
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Ver este documentoConsulta con las autoridades de salud y organismos internacionales
Ver este documentoEvaluación de las necesidades de salud
Ver este documentoDonación de equipo y suministros
Ver este documentoPersonal de salud
Ver este documentoFunción de los organismos internacionales
Ver este documentoSolicitudes de asistencia internacional
Ver este documentoManejo de desastres
Ver este documentoPreparación
Ver este documentoResoluciones aprobadas por el consejo directivo de la organización panamericana de la salud

Evaluación de las necesidades de salud

Los Participantes,

Reconociendo que corresponde al país afectado determinar sus necesidades de salud en materia de asistencia externa;

Conscientes de las presiones nacionales que podrían obligar a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales a asignar sin demora los recursos destinados al socorro; y

Teniendo en cuenta que los posibles donantes deberán disponer, lo más rápidamente posible, de información sobre las necesidades disponibles o previstas,


Las autoridades nacionales de salud deben asignar alta prioridad a la evaluación inmediata de las necesidades y hacer público el tipo específico de asistencia que se necesite y que no se necesite.

Recomiendan que:

1. Las autoridades nacionales de salud asignen alta prioridad a la evaluación inmediata de las necesidades en lo que concierne a la ayuda externa y hagan público el tipo específico de asistencia que se necesite y que no se necesite.

2. Las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que consideren necesario enviar equipos de "verificación" o de "evaluación" den instrucciones a estas personas para que desarrollen y coordinen sus esfuerzos con el Coordinador Nacional de Salud en Casos de Desastre designado por el Ministerio de Salud o con el organismo designado y/o con el Representante de la OPS/OMS en todos los asuntos relativos a la salud.

3. Que el gobierno recipiente, a través del organismo encargado de emergencias, coordine la asistencia ofrecida por las organizaciones no gubernamentales acreditadas.

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