1. Los códigos de construcción deben ser una reglamentación obligatoria para el diseño y la construcción de las edificaciones de la salud en todos los países de América Latina.2. Los administradores, constructores y personal de mantenimiento de los servicios de salud deben tener un conocimiento básico de los requisitos de ingeniería que deben cumplir sus instalaciones para soportar la acción de posibles amenazas naturales.
3. En todas las instalaciones donde operan servicios de salud deben realizarse análisis de vulnerabilidad y riesgo de las edificaciones y de sus equipos hospitalarios esenciales.
4. El cumplimiento de especificaciones para la reducción de riesgos debe ser un requisito de los procedimientos de adquisición de equipos hospitalarios.
5. Los planes hospitalarios de preparativos para desastres deben ser revisados con el fin de incluir, dentro de sus procedimientos, análisis de vulnerabilidad y medidas de intervención para el mejoramiento de las instalaciones existentes.
6. Los ejercicios ara la respuesta en caso de desastre deben ser obligatorios en todas las instalaciones de la salud y deben realizarse por lo menos una vez al año.
7. Los países sin estudios acerca de amenazas naturales tales como sismos, erupciones volcánicas, huracanes, inundaciones, etc., deben procurar obtener dicha información, tan pronto como sea posible, para que sea utilizada en los análisis de vulnerabilidad de las instalaciones existentes.
8. Los hospitales deben mantener en un lugar seguro información y planos actualizados de arquitectura e ingeniería de sus edificaciones y sistemas tecnológicos.
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